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Veda electoral: qué se prohibirá para las Elecciones 2023 en Córdoba

Las Elecciones 2023 a celebrarse en Córdoba están pautadas para el domingo 22 de octubre, aunque la veda electoral debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios.

De acuerdo con el artículo 71 del Código Electoral, la veda electoral comenzará el viernes 20 de octubre y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral. Quienes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones.

Entre los puntos más importantes de la veda electoral, se encuentra prohibido realizar actos de campaña, la venta de bebidas alcohólicas y declaraciones de propaganda política de funcionarios o medios de comunicación. Además, también se prohíbe la difusión de encuestas que tengan que ver con las elecciones.

Veda electoral: se prohibe la venta de bebidas alcohólicas.Veda electoral: se prohibe la venta de bebidas alcohólicas.En el mismo sentido, también queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado 21 de octubre, aunque se volverá a habilitar a partir del domingo a las 21. En total, serán 25 horas en las que no se permitirá la venta de este tipo de bebidas.

Veda electoral en Córdoba: todas las actividades prohibidas

Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio. Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros (80 m.) de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

Veda electoral en Córdoba: cómo se sanciona su incumplimiento

Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien «con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo» es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien «utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio», según lo establecido en el artículo 141, tendrá un castigo de hasta 3 años de presión.

Asimismo, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En lo que respecta a los candidatos, si no cumplen con la veda, podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

Elecciones 2023.Elecciones 2023.La Constitución Nacional establece que en Argentina el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años, mientras que los electores de 16 y 17 años, como también los mayores de 70, pueden hacerlo de forma optativa.

Quienes estén obligados y no participen de los comicios podrían sufrir sanciones económicas, como también la imposibilidad de realizar varios trámites.

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