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No se podrá manejar en Córdoba con carnet de conducir de 12 municipios

ALMAFUERTE, POLICIA CAMINERA CONTROLANDO SOBRE RUTA NACIONAL 36, A 100 METROS DEL CRUCE CON RUTA 6 AL CONSTADO DEL DIQUE PIEDRAS MORAS, FOTO WALTER RINAUDO, 12-09-08
La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito de la Provincia ha emitido un comunicado que informa que las licencias de conducir emitidas por 12 municipios y comunas en Córdoba no serán válidas para conducir en la jurisdicción provincial. Esta medida afecta a todas las licencias emitidas después del 20 de julio de 2023 que no están adheridas al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (RePAT) ni al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (ReNAT).

Según el artículo 13 de la Ley Provincial de Tránsito N° 9.169, las licencias deben ser tramitadas en la municipalidad o comuna donde el solicitante reside, siempre que estas entidades apliquen el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y las registren en el RePAT. En caso contrario, el solicitante tiene la opción de obtener la licencia en una jurisdicción diferente que cumpla con estos requisitos.

El reciente cambio surge tras la imposición de multas a ciudadanos que conducían con licencias no habilitantes. No obstante, se ha decidido sobreseer a los ciudadanos cuyo domicilio coincida con el del respectivo Centro Emisor, basándose en la Resolución n°26 de fecha 29/08/2024. Esta resolución establece que el atraso del gobierno local en adecuar su Centro Emisor a la normativa vigente no debe penalizar al ciudadano, aplicando el principio “in dubio pro administrado”.

Los municipios y comunas afectadas por esta medida son: Malagueño, Toledo, Rafael García, Falda del Carmen, La Serranita, Villa del Prado, Potrero de Garay, Valle de Anisacate, Villa Parque Santa Ana, La Paisanita, La Rancherita y Villa Ciudad América.

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