Como pasa con el resto de las medidas, el Estado absorbe una buena parte del congelamiento durante 90 días del aumento de las cuotas de los afiliados y grupos familiares de las prepagas. Se hará a través de reducciones y postergaciones en el pago de las contribuciones patronales que van a la Seguridad Social e impuestos, según admitieron fuentes oficiales y privadas.
Actualmente, los establecimientos del sector tienen una reducción del 50% del pago de las contribuciones patronales hasta el 31 de diciembre 2023 con destino al Sistema Previsional ( ANSES) y una reducción de la alícuota del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.
Por el acuerdo tendrán una reducción de esas contribuciones patronales del 100% Y podrán diferir el pago neto del IVA por los periodos de agosto-diciembre 2023 y que se financie su pago en un plan de 9 cuotas a partir del mes de marzo 2024, a tasas más bajas.
Fuentes oficiales dijeron que, como en la actualidad, los médicos y profesionales seguirán ajustando sus honorarios de acuerdo a sus paritarias y/o a lo que acuerden con las empresas del sector. Y que los aumentos del personal de Sanidad también se ajustarán en función de lo que resuelva la paritaria.
En la segunda semana de octubre funcionarios y el sector privado volverán a reunirse para evaluar la situación y analizar si se requiere o no nuevas medidas.
Como explicó Clarin, el congelamiento se aplicará a los afiliados y grupos familiares con ingresos no superiores a $2 millones brutos mensuales, en la medida que declaren no poseer capacidad económica . Para eso deberán declarar sus ingresos y capacidad económica financiera a través del aplicativo que está en el sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud. (https://www.sssalud.gob.ar/misssalud)
Se considera que el grupo familiar no posee capacidad económica cuando el titular o sus afiliados: no sean propietarios de 2 o más inmuebles, no sean propietarios de 3 o más vehículos, excepto los hogares donde exista al menos uno una conviviente con Certificado Único de Discapacidad, no sean titulares 1 o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP, o no sean titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena , según detalló el comunicado de las empresas del sector ( como prepagas, clínicas, sanatorios, laboratorios, hospitales privados, obras sociales del personal de dirección).
Así, por ejemplo, un afiliado y familia con ingresos de menos de $ 2 millones mensuales pero tiene 2 inmuebles, la cuota no se congela y se aplica el porcentaje del Índice de Costos de Salud.
El congelamiento del aumento de las cuotas tiene vigencia por 90 días, para los meses de octubre, noviembre y diciembre. En tanto, los afiliados deben pagar las facturas con el aumento de septiembre – del 7,18% o del 5,58%– porque fueron enviadas a los afiliados en la segunda quincena de agosto.