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Juicio por YPF: cuáles son las tres condiciones que deben cumplirse para que la Argentina sea embargada

Tras días de espera, la Argentina sufrió un nuevo revés. La jueza estadounidense Loretta Preska dio lugar a que los demandantes en el juicio por la expropiación de YPF puedan iniciar embargos a partir de ahora contra el país. Algo que ya ocurrió, en 2012, con la Fragata Libertad en 2012 y los pagos de deuda retenidos en Nueva York en 2014 por orden del juez Thomas Griesa.

La magistrada de la Corte del Distrito Sur de Nueva York abrió esa puerta al rechazar por segunda vez el a pedido del Gobierno de extender el plazo para presentar activos en garantía. De esa manera, los acreedores pueden reclamar el embargo de activos.

El interrogante que se abre a partir de ahora es si es fácil o no el proceso de embargo de bienes. Es que para embargar un bien, hay por lo menos tres condiciones que se deben cumplir, según la definición de las normas de EE.UU. (Ley de inmunidades soberanas extranjeras).

Para ello el primer punto es determinar si el país renunció o no a su inmunidad de ejecución, por ejemplo, como pasó en 2001 con los bonos defaulteados). Pero en el caso de YPF, la Argentina nunca renunció a dicha inmunidad.

En este sentido, el abogado Sebastián Soler -que hasta diciembre pasado fue subprocurador del Tesoro del gobierno de Alberto Fernández- aseguró que “la capacidad de los demandantes de embargar está restringida por la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos”, según publicó en su cuenta de X. Soler fue hasta diciembre subprocurador del Tesoro del presidente Alberto Fernández y siguió de cerca la causa durante los últimos 4 años.

Al respecto, Soler señaló que como la Argentina no renunció a esa inmunidad, para que puedan embargarse bienes deberían cumplirse tres condiciones al mismo tiempo:

que el Estado sea su dueño.que el bien sea usado para una actividad comercial en Estados Unidosque el bien que se pretende embargar «es o fue usado para la actividad comercial en que se basa el reclamo». “Estos son los requisitos relevantes que limitarían intentos de embargo en Estados Unidos”, sumó Soler.

Por su parte, Sebastián Maril, CEO de Latam Advisor y especialista en el tema, coincide con Soler: «Embargar activos soberanos es muy complejo», pero aclara que en caso de que pudiera ocurriera un embargo de activos del Estado, estos «no serán puestos como garantía, sino que serán propiedad de los beneficiarios del fallo que los irán tomando como forma de pago por los US$ 16.100 millones».

Tuit de Sebastián Maril, CEO  Latam AdvisorTuit de Sebastián Maril, CEO Latam AdvisorSegún el especialista, el impacto de la medida dependerá de cuando empiece el período de embargo de activos sobre el Estado, algo que puede durar meses o años, a menos que el litigante encuentre un activo embargable fuera de Argentina que no requiera de la aprobación del Congreso (las acciones de YPF) o de la justicia local (regalías petroleras y los aviones de Aerolíneas Argentinas).

Más pedidos de embargo

Argentina enfrenta otro pedido de embargo en EE.UU. que fue apelado y sobre el que se aguarda una definición. Se trata de fondos buitre o houldouts que rechazaron las reestructuraciones de deuda entre 2014 y 2016 y decidieron avanzar sobre activos argentinos, aunque sin poder incautarlos todavía. El próximo 2 de febrero será la primera audiencia en la Corte de Nueva York.

SN

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