El monotributo social es un régimen destinado a reconocer las actividades de los trabajadores dentro de la economía social y les brinda una ayuda para su aporte jubilatorio. Es una alternativa destinada a un grupo particular de personas, las cuales deben inscribirse, realizar un primer pago y luego comenzar a dar sus aportes a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Definido por la misma web de AFIP, el monotributo social es una herramienta de inclusión que permite iniciar una actividad sin contar con un gran capital económico, incluso si la principal fortaleza es el capital humano.
Sin embargo, no todos pueden acceder a esta categoría, ya sea por edad o cantidad de ingresos mensuales. Los requisitos para inscribirse son similares al del monotributo común, aunque para el social se pedirán algunos extras.
Monotributo social: requisitos. Las personas que pueden ser monotributistas en esta categoría deben ser: mayores de 18 años que tienen una única actividad económica, integrantes de proyectos productivos en grupos de hasta tres personas, cooperativas de trabajo y quienes tienen bajos ingresos económicos.
Entre sus principales beneficios, el monotributo social permite emitir facturas, jubilarte sin costo alguno para vos porque los aportes están totalmente cubiertos por el Estado y tener una obra social pagando solamente el 50%, ya que el resto del aporte está subsidiado por el Estado.
Las personas deben registrarse como monotributistas sociales y abonar una suma fija mensual, que es igual al 50% del aporte que corresponde para tener obra social. Hay que asistir con la credencial de pago, del 1 al 20 de cada mes mediante cualquiera de las siguientes modalidades:
En efectivo: en entidades bancarias o lugares habilitados para el pago.Por pago electrónico: Transferencia electrónica de fondos, débito automático con tarjeta de crédito, débito automático de tu cuenta bancaria o a través de cajeros automáticos.Durante el registro el sistema solicitará indicar qué agente de seguro de salud selecciona, siempre y cuando se encuentre dentro de la nómina de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Monotributo social.Además, es importante remarcar que recién luego de los primeros tres meses pagos se podrán acercar a la obra social elegida para solicitar la afiliación. Se debe asistir con la siguiente documentación:
Certificado de Obra Social (F.184).Credencial de pago (F.152).Tickets de pago de Monotributo Social.DNI del titular y del grupo familiar primario si fueron adheridos previamente y la documentación que acredite su parentesco.
¿Cuáles son los requisitos para adherir al monotributo social?
Según explica el Ministerio de Justicia de la Nación en su portal web, dentro de las categorías Derecho Fácil – Ley simple – Seguridad Social, los requisitos para adherirse al monotributo social son los siguientes:
Ser mayor de dieciocho (18) años.Presentar Documento Nacional de Identidad.Ser argentino -nativo, naturalizado o por opción- o extranjero con residencia permanente o temporaria.Encontrarse en condiciones de vulnerabilidad social, o en situación de desempleo, o ser titular de programas de inclusión y encontrarse desarrollando, o querer iniciar, emprendimientos económicos vinculados al Desarrollo Local y la Economía Social, sean productivos, comerciales o de servicios. Dicha situación debe ser respaldada con informe técnico social y cotejo de datos patrimoniales.Desarrollar una única actividad económica independiente incluida en el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) – Formulario AFIP N° 883, en su versión abreviada, identificado como documento IF2018-42607006-APNDNAYGSPESYP#MDS. En caso de extranjeros, la actividad económica debe desarrollarse en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley 25.871. No podrán inscribirse profesionales con título universitario cuya finalidad sea facturar honorarios profesionales por servicios de asesoramiento técnico, científico o pericial.Tener ingresos procedentes sólo de la actividad económica declarada; salvo aquellos provenientes de programas de inclusión social, pensiones no contributivas, jubilaciones, pensiones o relación de dependencia cuando los ingresos brutos no superen el haber previsional mínimo (artículo 125 de la Ley 24.241), Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo para la Protección Social.Ser propietario de hasta dos (2) bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.Ser propietario de hasta un máximo de tres (3) bienes muebles registrables.No ser empleador, ni sujeto tributario del impuesto a los bienes personales ni ganancias.