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La Fiscalía pide la detención del exjuez Presencia por no acudir a la Audiencia Nacional a declarar

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha pedido la detención del exjuez Fernando Presencia por no presentarse tras ser citado como investigado, según consta en una nota difundida a los medios de comunicación: «Dada la incomparecencia al llamamiento judicial de Fernando Presencia Crespo, Lidia Reina Calvo, Alejandro Diges Benito y Álvaro Arteaga García se ordene la búsqueda detención para su presentación en el Juzgado instructor», especifica el Ministerio Público.

Con respecto a otros investigados Alberto Royuela Fernández, Santiago Royuela Samit y Juan Martínez Grasa, que sí han comparecido, la Fiscalía ha reclamado al juez Joaquín Gadea, que instruye la causa, que decrete su ingreso en prisión de forma provisional y sin fianza. 

El juez Gadea había citado este miércoles a Presencia para interrogarle en calidad de investigado por utilizar la Asociación contra la Corrupción y la Defensa de la Acción Pública (Acodap), que él mismo preside, para ganar dinero mediante aportaciones de personas que creen estar luchando contra la corrupción. Al término del interrogatorio, el juez Gadea tenía intención de celebrar la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el que las partes pueden solicitar la adopción de medidas cautelares, entre otras el ingreso en prisión.

El instructor había constatado que pese a que la investigación se inició hace un año, los implicados han reiterado sus actividades presuntamente delictivas. En el auto, Gadea recoge los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que evidencian «la falsedad de la trama delictiva», que se encargaba de atribuir cuentas corrientes en el extranjero a diferentes personalidades, muchos de ellos magistrados del Tribunal Supremo.

Alberto Royuela

El estudio de los metadatos de la documentación aprehendida por los agentes, prosigue el auto, permite comprobar que uno de los investigados, en concreto Alberto Royuela, era quién había elaborado los documentos sobre las cuentas bancarias, la asociación de Presencia atribuíanb a las entidades financieras.

En este sentido, la UCO señala en su informe que el formato de los documentos aportados por la asociación de Presencia era el mismo «con independencia de la entidad bancaria que lo emite. En los mismos no se incluía «ni el sello de la entidad ni el email, número de teléfono o dirección postal«. “El hallazgo de esta evidencia nos sitúa ante una plantilla o modelo en formato ‘Word’ creados para fabricar los documentos bancarios que se acompañan a las denuncias donde se imputa a diferentes personas la titularidad de depósitos en entidades bancarias situadas en paraísos fiscales”, prosigue la Guardia Civil.

En el auto en el que el juez Gadea citaba a Presencia como investigado, el instructor explica que la asociación Acodap “se presenta nítidamente como un artificio, un ardid o engaño creado para ganar dinero mediante aportaciones de personas que creen estar luchando contra la corrupción. Se trata, en consecuencia, de una asociación creada para delinquir”, razón por la cual acordó la suspensión cautelar de su actividad.

«Total impunidad»

El magistrado añadía que pese a los esfuerzos que se han hecho por mitigar esta situación, la organización investigado ha seguido operando cada día “con total impunidad”. Después de un año de iniciar el procedimiento, indica que “la mecánica criminal se encuentra plenamente operativa, sin que los reiterados intentos por impedir la comisión delictiva hayan dado sus frutos”.

La UCO también advertía de que Presencia había creado un dominio en Internet, vinculado a la asociación investigada y que sirve a los mismos fines. Este nuevo dominio permite constatar la existencia de un nuevo reclamo de aportaciones económicas facilitando para ello una cuenta corriente de Lituania, prosigue el juez. «Los miembros de la organización siguen con la misma estrategia de publicación de denuncias falsas, entre ellas, las que se dirigen contra el presidente y otros magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”, resalta Gadea.

El instructor concluye que resulta inequívoca la reiteración en la comisión delictiva por lo que se impone la adopción de medidas cautelares “encaminadas a poner fin de manera a esta situación”. El auto recuerda que esta causa se sigue por hechos constitutivos de delitos graves y que en este momento procesal podrían calificarse como, estafa agravada o apropiación indebida agravadas, asociación ilícita, organización o grupo criminal delitos contra el honor y contra altas instituciones del Estado. Además de estos delitos, a Fernando Presencia le atribuye los de blanqueo de capitales y frustración de ejecución.

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