Un fallo judicial obliga a la entidad a indemnizar a un cliente tras un robo de tarjetas y múltiples extracciones en cajeros automáticos, al considerar que no cumplió con su deber de seguridad.
Un tribunal de Córdoba condenó a un banco a indemnizar a un cliente al que le sustrajeron dinero de su cuenta tras el robo de sus tarjetas. El hecho se produjo cuando le hurtaron la billetera en un vestuario. A pesar de que el afectado realizó la denuncia de forma inmediata, en un lapso de 25 minutos se concretaron 15 extracciones por el monto máximo diario desde distintos cajeros automáticos.
El juez Mariano Díaz Villasuso determinó que la entidad bancaria es responsable por no garantizar la seguridad en el uso de los cajeros automáticos. En su resolución, señaló que las instituciones financieras tienen la obligación de detectar movimientos inusuales y actuar con celeridad para evitarlos o minimizar el perjuicio. En este caso, el banco no identificó las operaciones sospechosas ni tomó medidas para detenerlas.
Además, la entidad no logró demostrar cómo se validó la identidad de la persona que realizó las extracciones. El fallo subraya que el banco no puede trasladar el riesgo al cliente, incluso si este hubiera cometido alguna negligencia, ya que debe proporcionar un nivel de seguridad equivalente al de una atención presencial.
En consecuencia, la justicia ordenó al banco devolver el dinero sustraído con sus intereses, pagar una indemnización por daño moral y abonar una multa con el objetivo de prevenir situaciones similares en el futuro.
