El máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires confirmó sanciones del Ministerio de Trabajo provincial y determinó que la actividad de los repartidores reúne condiciones de empleo formal, cuestionando el modelo de trabajadores independientes.
La Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires rechazó los planteos de las empresas del sector y, a la vez, validó las sanciones económicas impuestas por el Ministerio de Trabajo del gobierno provincial. De este modo, la Justicia respaldó el criterio oficial. El punto central del fallo es que la actividad de los repartidores reúne las condiciones típicas de un empleo formal.
Este pronunciamiento judicial pone en discusión el modelo actual, basado en trabajadores independientes, y abre la puerta a una posible transformación del sistema. Si este criterio se extiende, las plataformas podrían verse obligadas a reconocer a los repartidores como empleados, dejando atrás categorías como «socios» o «colaboradores».
Durante años, las aplicaciones sostuvieron un modelo basado en la autonomía, donde cada repartidor elige cuándo conectarse y cuánto trabajar. Sin embargo, la Justicia puso el foco en aspectos como el control, la dependencia económica y la organización del trabajo. El fallo señala que, más allá de la flexibilidad, el sistema presenta elementos típicos de una relación laboral, como la asignación de tareas, tarifas definidas por la plataforma y dependencia del ingreso.
