Tres años de prisión. Es la pena que la Fiscalía considera que ha de cumplir el jefe de Eleazar Blandón, el temporero nicaragüense fallecido por un golpe de calor en 2020 en Lorca tras descargar un camión de sandías a más de 40 grados.
Este sujeto se sentará en el banquillo (aunque aún no hay fecha fijada para el juicio) como presunto autor de un delito de homicidio imprudente y otro contra los derechos de los trabajadores, por los cuales el Ministerio Público considera que ha de quedar inhabilitado, durante tres años, para administrar y dirigir empresas con trabajadores a su servicio, según la calificación fiscal, a la que ha tenido acceso La Opinión de Murcia.
El pasado verano, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Lorca concluyó la instrucción del caso y vio «indicios de criminalidad» para abrir juicio oral contra el empresario, que «pese a presenciar el estado en que se encontraba Eleazar, no suspendió los trabajos y a la llegada al centro de salud eludió cualquier vínculo con él», detalló el auto de incoación de procedimiento abreviado, fechado el 23 de julio.
Sin contrato y sin dar de alta
Ahora, el Ministerio Público ha elaborado también su escrito, en el que acusa al administrador de la mercantil para la cual trabajaba Blandón, natural de Nicaragua, sin contrato ni Seguridad Social.
Dos días después de la muerte del hombre, este empresario salía de los juzgados de la Ciudad del Sol en libertad, solo con la obligación de personarse en sede judicial cuando fuese llamado y de comunicar puntualmente sus cambios de domicilio, si los hubiese. Sigue en libertad provisional, por lo que, el día del juicio, llegará a los juzgados por su propio pie.
Lo llevó a un centro de salud y dijo al vigilante que lo había encontrado así en la vía pública
El acusado, detalla la Fiscalía en su escrito, «no había cumplido con las medidas preventivas para proteger a todos sus trabajadores del riesgo derivado del ‘estrés térmico’ ocasionado por las altas temperaturas durante la época veraniega, de manera que, poniendo en riesgo la vida e integridad física de sus empleados, no había adaptado los horarios y tareas a las condiciones climáticas de verano ordenado realizar los trabajos más fatigosos a primera hora del día ni programándolos de forma que los trabajadores pudieran realizar pausas al menos cada dos horas».
En la misma línea, «no había informado sobre los riesgos y medidas preventivas por exposición al calor y a la radiación solar en trabajos a la intemperie ni había velado porque sus trabajadores cumplieran permanentemente las recomendaciones en caso de síntomas de estrés térmico«.
Además, el procesado «no disponía de ningún seguro de responsabilidad civil para la empresa que le diera cobertura en caso de accidente de sus trabajadores».
Se mareó y perdió el conocimiento
A Blandón, el día de los hechos, «cuando ya se encontraba bastante mal debido a su estado de agotamiento y dificultad para respirar, comenzó a vomitar y marearse perdiendo el conocimiento, por lo que , y lo trasladaron a urgencias del centro de salud Sutullena en Lorca en la misma furgoneta», destaca el Ministerio Público.
Al llegar, el encausado, «muy asustado por las consecuencias legales de su negligencia», apunta la fiscal, dijo al vigilante que «lo había encontrado así en la vía pública«. «No obstante, el acusado no se marchó hasta que Blandón fue introducido en el hospital sobre una camilla dejando sus datos identificativos (NIE y teléfono) al vigilante», precisa el escrito.
El afectado, de 42 años de edad, presentaba una temperatura corporal de 41 º C. La autopsia corroboró que había fallecido a causa de un golpe de calor.
