El Consejo de Ministros ha aprobado este martes 15 de julio en segunda vuelta, el proyecto de ley para reformar la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Se inicia ahora la tramitación parlamentaria de esta reforma, que tendrá que ser aprobada ahora en el Congreso de los Diputados. Una reforma que el Gobierno considera que es la de más calado social de la legislatura y que supondrá «un paso decisivo para construir un sistema de cuidados público y de calidad».
En conjunto, la reforma amplía derechos, incluye nuevos servicios, agiliza los trámites y elimina algunos recortes que hizo el Gobierno del PP. El objetivo es que haya unos mínimos de calidad, intensidad y ratios en las prestaciones y servicios, con el fin de promover igualdad de derechos se viva donde se viva.
La reforma crea nuevos derechos y un catálogo de servicios tendentes a apuntalar el nuevo modelo de cuidados impulsado por el Gobierno y aprobado en junio de 2024. La estrategia estatal busca desinstitucionalizar al máximo los cuidados en la vejez y apuntalar la ayuda domiciliaria, aunque como sucedió con la ley de dependencia, requiere tal cantidad de financiación y recursos que su implantación es progresiva.
Estos son los principales cambios que incorporará la reforma, según la información que ha desgranado el Ministerio de Derechos Sociales:
Cuando entre en vigor la reforma, que aún tiene una larga tramitación por delante, se suprimirá el régimen de incompatibilidad de las prestaciones que aprobó el PP en 2013 y sigue vigente en algunas autonomías. Ello permitirá, afirma Derechos Sociales, una mayor personalización en la atención a cada persona. Así, en toda España se podrán combinar servicios como el centro de día, la ayuda a domicilio y la teleasistencia, como ya se permite en algunas comunidades.
Asimismo, la reforma dejará expresamente claro que es posible compatibilizar el acceso al empleo con los servicios y prestaciones del sistema. Hasta la fecha, muchas personas beneficiarias del SAAD se veían obligadas a renunciar a estos apoyos al iniciar una actividad laboral, ya fuera por cuenta ajena o por cuenta propia. Esta situación generaba un desincentivo para el empleo y dificultaba los proyectos de vida autónomos, especialmente en el ámbito de la discapacidad. Una de las consecuencias más frecuentes era la pérdida de plazas en centros ocupacionales, cuya recuperación posterior resultaba compleja.
Con la modificación introducida, cuando una persona reciba una oferta de empleo o unas prácticas formativas, no habrá ninguna duda de que podrá mantener su plaza en el centro durante el tiempo necesario para valorar la continuidad del puesto de trabajo. De este modo, se garantiza una transición segura hacia el empleo y se evita que la aceptación de una oportunidad laboral implique la renuncia a recursos fundamentales para la autonomía personal.
El proyecto de ley incluye nuevos derechos para las personas en situación de dependencia. Por ejemplo, se contempla que la persona usuaria tenga derecho a decidir sobre las prestaciones y los servicios que reciba, y que tenga garantizado su derecho a permanecer en la residencia elegida o a recibir una atención libre de sujeciones físicas, mecánicas, químicas o farmacológicas.
Otro derecho importante que recoge esta reforma es el de garantizar una atención sanitaria a personas en situación de dependencia sea cual sea el lugar en el que viva, incluyendo las residencias. Se establecerán las bases para que los gobiernos autonómicos implementen procedimientos de coordinación entre sus servicios sanitarios y sociales. De esta manera, se ofrecerá una atención integral que combine ambas áreas y se podrá evitar lo ocurrido durante la pandemia del covid en algunas residencias de personas mayores.
“Es un cambio cultural importante saber que cualquiera que sea mi situación, puedo decidir si quiero seguir viviendo en mi casa o tengo que ir a una institución”, explicó recientemente la directora general del Imserso, Mayte Sancho, quien reconoció, no obstante, que uno de los frenos a la ley de dependencia son las largas listas de espera. La falta de recursos provoca esperas medias de casi un año para empezar a recibir las ayudas.
Una novedad incorporada al proyecto es el reconocimiento de la extensión de la prestación económica para cuidados familiares hasta el último día del mes en el que se produzca la muerte de la persona dependiente, evitando así situaciones de deber reintegrar prestaciones económicas. Esta medida aporta seguridad jurídica y evita situaciones de incertidumbre o penalización económica a las familias o personas cuidadoras que han sostenido los apoyos hasta el final de la vida. Supone un gesto de reconocimiento y respeto hacia quienes cuidan.
Así mismo, se amplía la prestación económica para cuidados al entorno relacional, para las personas que no tienen familiares cercanos, de modo que se reconocerá a vecinos o amigos que sí puedan ayudar a estas personas en situación de dependencia. Se responde también así a las necesidades de personas que viven solas o con otras convivencias.
Una de las más novedades más importantes, y que van en la línea de agilizar trámites y eliminar burocracia, es el reconocimiento automático de un 33% de discapacidad a las personas a las que se les asigne un grado I en el Sistema de la Dependencia.
Otra novedad, añadida en segunda vuelta, es que se ha incorporado que las personas que obtengan un grado II o III de dependencia tendrán una pasarela para ser reconocidas con el 65% de discapacidad. Las personas que lo deseen podrán solicitar una valoración individualizada de la discapacidad para obtener un grado de discapacidad superior al previsto automáticamente en estas pasarelas.
Asimismo, esta reforma también agiliza el procedimiento para la revisión del Programa Individual de Atención (PIA) sustituyendo la burocracia por procedimientos de comunicación más directos con la persona interesada y reforzando el derecho de las personas a participar en la elección de servicios y prestaciones. También se establece un procedimiento de urgencia, de forma que las personas en situación de especial vulnerabilidad puedan acceder a los servicios y prestaciones con mayor prontitud. Cabe destacar que la reforma recoge que el tiempo de espera será el segundo criterio de prioridad en el acceso a servicios del SAAD tras el criterio de capacidad económica.
Este proyecto de ley reconoce la teleasistencia como un derecho universal para todas las personas en situación de dependencia, garantizando su acceso con independencia del territorio en el que residan. Además, se eleva a rango de ley el carácter complementario de la teleasistencia, estableciendo que no puede ser considerada como única prestación, sino que debe combinarse con otros apoyos. También se amplía su ámbito de aplicación más allá del domicilio, permitiendo a personas que viven en residencias recibir este servicio. El objetivo es ampliar el uso de la teleasistencia, dado que según el Observatorio de Dependencia, actualmente solo tienen acceso el 35,8% de los dependientes (datos de 2023).
La reforma incluye una extensión del servicio de ayuda en el domicilio a actuaciones que van más allá del ámbito doméstico y de las necesidades de cuidado personal que tenga la persona usuaria. Para ello se ofrece la posibilidad de que la persona cuidadora pueda acompañarla en otras actividades dentro de su entorno comunitario como ir al médico o a hacer la compra. Siguiendo esta línea, la reforma también incluye la asistencia personal como un servicio más del Sistema. De esta manera se ayuda a desplegar y desarrollar este servicios con el que las personas dependientes reciben el apoyo de un profesional que los ayuda a desenvolverse en su día a día para mantener su proyecto vital y participar activamente en su comunidad.
La reforma incluye nuevos servicios a personas dependientes. Para empezar, cuidados y apoyos en viviendas compartidas y también nuevos modelos de convivencia colaborativa. También se impulsará un servicio de préstamo de productos que facilitan la autonomía, como sillas de ruedas eléctricas, andadores, camas articuladas, audífonos, adaptación del hogar o asistentes de voz. Asimismo, se ofrecerán servicios de asistencia personal para aquellas personas que lo deseen y tengan mayores necesidades de apoyo.
El nuevo texto de este proyecto de ley introduce la posibilidad de que una persona en situación de dependencia en grado II o III pueda recibir una prestación transitoria o un servicio transitorio que se adapte a su voluntad, deseos y circunstancias cuando no pueda acceder de inmediato al recurso que ha solicitado y que le corresponde por grado. Por ejemplo, si una persona pide acceder a un centro residencial que está cerca de su casa, pero no hay plazas, durante el tiempo que está en lista de espera tendrá opción a recibir una prestación alternativa acorde con su grado, como podría ser la ayuda en el domicilio. De esta manera, recibirá una prestación transitoria hasta que obtenga plaza en su centro residencial de referencia, en lugar de tener que acudir a otro centro que esté más lejos de su casa y donde la persona tiene menos conexiones sociales, como ocurre actualmente.
La ley marca que el derecho a recibir las prestaciones se generará desde la fecha de resolución del reconocimiento de que se necesita la ayuda o servicio o cuando hayan transcurrido seis meses desde la presentación de solicitud, sin que haya habido una resolución expresa. Pero Mariano Rajoy introdujo en 2012 un periodo de carencia máximo de dos años en las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar, con el fin de ahorrar recursos, que ahora se eliminará.
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